El mayor sueño de una persona que tiene la intensión de contar con vivienda propia es tener todo en regla para poder construirla o modificarla cómo así lo requiera, aquí le contamos los requisitos y beneficios de tener el acto de reconocimiento de su vivienda.
Requisitos:
Para los propietarios que estén interesados en acceder al beneficio del reconocimiento que es totalmente gratuito, deberán radicar la solicitud con los siguientes documentos:
- Formulario Único Nacional para la solicitud de licencias, adaptado mediante la Resolución 0463 del 13 de julio de 2017.
- Copia del Certificado de Libertad y Tradición del inmueble, con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Copia del documento de identidad del solicitante.
- Si se actúa mediante apoderado o mandatario, aportar poder o autorización debidamente ante notario.
- Copia del documento o declaración privada del impuesto predial del último año (vigente)
- Declaración rendida bajo la gravedad de juramento, donde se indique que la edificación objeto de reconocimiento concluyó como mínimo el 18 de julio de 2012.
- Copia simple de la Escritura Pública del inmueble.
Además de los requisitos anteriores, también podrán presentarlo con los siguientes estudios técnicos:
- Plano de levantamiento arquitectónico de la construcción.
- Peritaje técnico estructural. Debidamente firmados y avalados por profesionales y certificados, quién será el responsable de la veracidad de la información.
Cabe destacar que existen dos formas en las que el beneficiario del reconocimiento puede radicar la solicitud:
- Aportando todos los requisitos completos para que el equipo técnico y jurídico de la Curaduría Cero realice todo el procedimiento, haga la visita para el levantamiento de los planos correspondientes.
- Aportando todos los documentos solicitados, incluidos los planos.